EL EDUCADOR Y LA EDUCADORA SOCIAL EN EL ESTADO ESPAÑOL: UNA CONCRECIÓN DE SU TRABAJO
EN CENTROS ESCOLARES
Definición de educador social.
El Educador Social es un profesional de la educación y un trabajador social, que actúa en los campos de,
a) Según el Real Decreto 1420/1991, que establece el título universitario oficial de Diplomado en Educación Social y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención, BOE 10 octubre 1991, núm. 243/1991 (pág. 32891):
- La educación no formal.
- La educación de personas adultas (incluidos la tercera edad).
- La inserción social de personas con dificultades.
- La acción sociocultural y socioeducativa.
b) Según el contexto histórico:
- La educación social especializada, su función es favorecer la inserción social de personas y colectivos de población en situación de marginación, desadaptación, conflicto social y exclusión social, así como prevenir tales situaciones en colectivos calificados de riesgo social.
- La animación sociocultural, se caracteriza por prestar atención a las necesidades socioculturales y de desarrollo comunitario de una determinada comunidad, población o territorio favoreciendo la prevención de problemáticas sociales.
- La educación de personas adultas, atiende a las necesidades formativas de la población adulta vinculadas a su desarrollo personal y a su adaptación sociolaboral.
Cabe destacar, que en estos momentos, el colectivo profesional de educadores sociales, está en el proceso de debate de la definición profesional.
LOS DESTINATARIOS DE LA ACCIÓN SOCIOEDUCATIVA.
Las personas destinatarias de la actuación de los educadores sociales son: sujetos, grupos, colectivos específicos y sectores de población, las características de los cuales vendrán determinadas por los ámbitos de intervención y la conjunción de diversos factores, entre los que cabe destacar:
- Por su edad: infancia en riesgo social, adolescentes o jóvenes de un determinado barrio, preparación de adultos alrededor de la jubilación, mayores o tercera edad...
- Por lo que se refiere al género: programas dirigidos a mujeres y hombres intervención con mujeres maltratadas, prisiones de hombres...
- Por la situación laboral: preparación de adultos alrededor de la jubilación, personas con dificultad de inserción laboral, preparación al acceso al mercado laboral de adolescentes...
- Con relación al nivel educativo y cultural: programas de alfabetización, adaptación al sistema escolar, educación para la salud, educación ambiental, programas culturales, programas comunitarios, tiempo libre ...
- Con relación a dificultades de socialización por la presencia de factores físicos, psíquicos, sociales o culturales: discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales; enfermos de larga duración, crónicos o terminales; personas en riesgo social; personas en conflicto social; minorías étnicas; toxicomanías; transeúntes...
- Con relación al origen ubicación en el territorio de los individuos grupos o colectivos destinatarios: ocasionales de vacaciones, colectivos profesionales o de estudiantes; asociaciones diversas, grupos ocasionales o informales, grupos de inmigrantes; por su residencia y ubicación en barrios determinados, ambientes rurales...
- ...
En resumen, y basándonos en la problemática de las personas, podemos diferenciar entre:
- Población en riesgo social, situaciones de abandono, negligencia y maltrato; colectivos de población que, por sus características o circunstancias, se encuentran con especiales dificultades para su inserción social, laboral, etc.
- Población en situación de desadaptación social, situaciones de delincuencia, marginación, exclusión, que pueden ir asociadas a problemáticas de dependencia, discapacidad, salud mental, etc.
- Población general, que atiende la atención a adultos, tercera edad, desarrollo local, animación sociocultural, etc.
OBJETIVOS DE LA ACCIÓN SOCIOEDUCATIVA.
Los profesionales de la educación social trabajan con el objetivo de ayudar en el proceso de socialización y de desarrollo personal a los destinatarios de su intervención:
- Prevenir y compensar dificultades de estructuración de la personalidad e inadaptaciones sociales.
- Favorecer la autonomía de las personas.
- Desarrollar actividades con una finalidad educativa, cultural, lúdica...
- Potenciar la búsqueda de la información y comprensión en y del entorno social.
- Desarrollar el espíritu crítico y la capacidad de compresión y análisis de la realidad sociopolítica.
- Favorecer la participación de los grupos e individuos.
- Favorecer la mejora de las competencias y aptitudes de los individuos.
- Favorecer el cambio y transformación social.
- Favorecer el desarrollo sociocultural, sociolaboral, institucional y comunitario.
- Contribuir a la creación y consolidación del tejido social y asociativo.
FUNCIONES Y TAREAS DE LOS EDUCADORES SOCIALES.
Las funciones y tareas más destacadas, con relación a los ámbitos, con los destinatarios y con los objetivos descritos anteriormente son:
- Educativa.
- Docente en determinados ámbitos.
- Informativa, de asesoramiento, orientadora y de soporte a individuos, grupos, familias...
- De animación y de dinamización de grupos y colectivos.
- Organizadora, de planificación, programación, desarrollo y evaluación de su intervención.
- De gestión y administración de distintos servicios.
- De observación y detección de las necesidades y características del entorno de los grupos e individuos.
- De relación con instituciones, grupos y personal.
- De reeducación.
- De elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de proyectos, programas, prestaciones, campañas, intervención comunitaria...
ÁMBITOS CONCRETOS DE INTERVENCIÓN DE LOS EDUCADORES SOCIALES.
a) Infancia, adolescencia y juventud:
- Albergues de juventud.
- Casas de juventud.
- Granjas escuela.
- Ludotecas.
- Centros de tiempo libre.
- Puntos de Información Juvenil.
- Centros de educación ambiental.
- Centros abiertos.
- Centros de acogida para infancia y adolescencia.
- Centros residenciales de acción educativa.
- Centros residenciales de justicia juvenil.
- Servicios de adopción.
- Delegados de Asistencia al Menor.
- Servicios de medidas alternativas de justicia juvenil.
- Centros de planificación familiar.
- Centros Formación Ocupacional.
- Aulas taller. Pretalleres.
- Centros de inserción sociolaboral.
- Centros escolares de primaria y secundaria.
b) Personas adultas:
- Centros de educación de personas adultas.
- Centros de inserción sociolaboral.
- Centros Formación Ocupacional.
- Centros penitenciarios.
- Centros penitenciarios abiertos.
- Servicios de medidas alternativas penitenciarias.
- Centros residenciales para mujeres maltratadas.
- Pisos asistidos para mayores de 18 años desinternados.
- Centros de información y atención a inmigrantes.
c) Tercera edad:
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos tutelados.
- Servicios de ayuda domiciliaria.
- Clubes de tiempo libre.
d) Drogodependencias:
- Centros de diagnóstico, orientación y seguimiento.
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos-residencia.
e) Discapacidades y salud mental:
- Centros de información y orientación.
- Centros de estimulación precoz.
- Centros de educación especial.
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos-residencia.
- Centros especiales de trabajo.
- Centros ocupacionales.
- Servicios de apoyo a la integración laboral.
f) Atención comunitaria:
- Servicios sociales de atención primaria.
- Programas comunitarios.
- Programas familiares.
- Educación ambiental.
- Gestión cultural.
LOS EDUCADORES SOCIALES EN LOS CENTROS ESCOLARES DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Este capítulo refleja, por un lado, las funciones que serían propias de los educadores sociales en el marco de los centros escolares y, por otro, diversas experiencias que existen en el Estado Español sobre la presencia de educadores sociales en centros escolares.
Justificación y funciones de los educadores sociales en centros escolares, de acuerdo con lo que dispone la LOCE.
a) Justificación de la presencia del educador social en centros escolares.
La sociedad actual es cada día más compleja y los centros escolares siguen la misma línea. Los problemas diarios a los que nos enfrentamos necesitan de personas que los conozcan en profundidad y nos ayuden a prevenir y a buscar soluciones a partir de la colaboración y comunicación fluida con los restantes miembros de la comunidad educativa para garantizar la calidad del sistema educativo, LOCE Tit.prel. Cap. I. Art.1.)
Hablar de conflictos en la Educación Secundaria, concretamente, es hablar necesariamente de adolescencia. Ésta, con sus características psicológicas, sociales y familiares, marca la necesidad de una ayuda que asegure el desenvolvimiento integral de la persona para lo que es preciso que la educación no se limite solo a la adquisición de conceptos y conocimientos. Por eso resulta imprescindible contemplar como elementos fundamentales del proceso educativo, las actitudes y valores que conformarán los futuros ciudadanos responsables y solidarios. (LOCE Cap. I. Tit.pre. Art.1c)
La identificación de jóvenes con dificultades de integración social por motivos económicos, laborales, familiares o de cualquier tipo, requiere una actuación inmediata y desde espacios normalizados para éste, como puede ser el escolar. (LOCE Tit.pre. Cap. I. Art.1 b,c,d. y LOCE. Tit. I. Cap. VII, Art.40 y LOCE Tit. I. Cap. V. Art.22.2.c y LOCE Tit. I. Cap. VII. Art.47.1)
Asimismo, la interconexión educativa con las familias se hace cada día más necesaria puesto que son los principales agentes en el desarrollo integral de sus hijos. Por ello tenemos que propiciar cauces de comunicación que optimicen la mediación entre el centro escolar y la familia, sobre todo en aquellos casos en los que la situación familiar afecta de manera poco adecuada al desarrollo de los alumnos. La educación de los padres y su participación y compromiso en el proyecto educativo así como las relaciones intergeneracionales son asignaturas pendientes del sistema educativo (LOCE Tit.pre. Cap. II. Art.3.1d,f y 3.2 b,c,d,e.)
Por otra parte, los centros de secundaria se encuentran situados en contextos muy determinados donde existe una serie de instituciones que cuentan con recursos que podemos aprovechar en beneficio de la comunidad educativa. De esta forma estableceremos redes de apoyo que permitan implicar a todos los colectivos que, de forma directa o indirecta, están relacionados con la educación. (LOCE. Tit.pre. Cap.IV. Art. 6 y LOCE. Tit. I. Cap.VII. Art.40 y 41. y LOCE. Tit. Pre. Cap. I. Art.1.d)
Todos ellos son factores que justifican la presencia e intervención de educadores sociales en los centros escolares, con el fin de que su colaboración con maestros y profesores permita la resolución de las dificultades y conflictos que surgen a diario.
b) Funciones de los educadores sociales en centros escolares.
Elaboración y evaluación de propuestas de programas de convivencia en el centro educativo. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art.82, a,b,i. y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.84j)
Colaboración con los órganos del centro en el cumplimiento de las normas del centro y de su reglamento de régimen interno. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art. 2 a,c, y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.77 y LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 79,g,h. y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.82d,e)
Diseño, implementación y evaluación de propuestas para fomentar las relaciones del centro con el entorno social en el que está encuadrado (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 82 e,h,k y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.69.2)
Colaboración en el desarrollo de programas de educación para la salud, medio ambiente, consumo en la tolerancia e igualdad, paz y otros que determine el Dpto. de Orientación o el equipo directivo u otros órganos. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 84 a, y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2 a,l,m)
Desarrollo de programas de interrelación con la comunidad de aprovechamiento y conocimientos de los recursos del entorno, laborales, naturales, etc. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 69.2)
Creación de espacios y de equipos de trabajo mediadores y negociadores para la eficacia en la resolución de conflictos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.I. Art. 1g)
Seguimiento y control de las situaciones de absentismo escolar, fracaso y violencia. (LOCE. Tit.Prel.V. Cap.II. Art. 2.3.c y art.2.2c,d,f y Art.2.4.c y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art. 69.2)
Seguimiento y colaboración en la respuesta educativa al alumno con comportamientos problemáticos. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 84 y LOCE. Tit. Pre. Cap.I. Art.1.d)
Desarrollo de programas para prevenir y afrontar la conflictividad escolar. Programas de integración escolar. (LOCE Tit.I. Cap. VII. Art.41.1 y LOCE Tit. I. Cap.VII. Art.47.1 y LOCE. Tit.pre. Cap. I. Art.1.c)
c) Otras posibles funciones de los educadores sociales en centros escolares.
Planificar, coordinar y desarrollar con el departamento de actividades complementarias y extraescolares o con el AMPA o con el consejo escolar, actividades socioculturales contextualizadas que mejoren las relaciones centro-entorno y que propicien la creación de redes de comunicación estables. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 9.2 y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.69.2)
Programar y ejecutar con el Dpto. de orientación y el equipo directivo actuaciones encaminadas a garantizar la información puntual a las familias sobre el proceso educativo de sus hijos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art. 3.1d. y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Programas de información, orientación y asesoramiento y asociación a los alumnos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art.2, y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2.c y LOCE. Tit.I. Cap.V. Art. 34.2.b y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Participar en los programas de asesoramiento, formación y asociación de padres (LOCE. Tit. Prel. Cap.II. Art. 8 y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Apoyo a la formación del profesorado. (LOCE. Tit.IV. Cap.I. Art. 57 y 59.1.2.4)
d) Propuesta de criterios para la incorporación de los educadores sociales en centros escolares.
Con independencia de la necesidad de incorporar educadores sociales a todos los centros escolares, se deben tener en cuenta diversos criterios que justifiquen su presencia y dotación, entre los que cabe destacar:
- La existencia en el centro de un porcentaje significativo de población inmigrante o de minorías étnicas (LOCE. Tit.I. Cap.VII. Art. 42 y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2.a)
- La ubicación del centro en alguna zona especialmente conflictiva por sus características económicas, sociales o culturales (LOCE. Tit.pre. Cap.II. Art. 2.f y LOCE. Tit. I. Cap.VII. Art.41 1 y 2)
- La existencia de situaciones variadas de conflicto real en el centro (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 70 y Cap.VII. Art.40 y 41.)
- La presencia de actividades extraescolares. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 69.2)
e) Ubicación del educador social en los centros escolares y dotación del mismo.
El educador social bebe de ser un miembro del Departamento de Orientación o de Atención a las necesidades educativas especiales, bajo la dependencia del jefe de departamento y en colaboración con el equipo directivo y tutores.
Su actuación se puede concretar dentro del Plan de Actuación del Departamento de Orientación o de Atención a las necesidades educativas especiales y, por lo tanto, interviene apoyando la elaboración de los distintos programas.
El Ministerio de Educación y las Consejerías de Educación que tienen competencias propias, deberían dotar necesariamente con educadores sociales a los centros que justifiquen la necesidad de atender a situaciones especialmente problemáticas de convivencia social para desarrollar tareas de mediación y control en colaboración con las familias y con otras instituciones y para cubrir educativamente momentos de cultura, ocio y tiempo libre. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 70).
EN CENTROS ESCOLARES
Definición de educador social.
El Educador Social es un profesional de la educación y un trabajador social, que actúa en los campos de,
a) Según el Real Decreto 1420/1991, que establece el título universitario oficial de Diplomado en Educación Social y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a su obtención, BOE 10 octubre 1991, núm. 243/1991 (pág. 32891):
- La educación no formal.
- La educación de personas adultas (incluidos la tercera edad).
- La inserción social de personas con dificultades.
- La acción sociocultural y socioeducativa.
b) Según el contexto histórico:
- La educación social especializada, su función es favorecer la inserción social de personas y colectivos de población en situación de marginación, desadaptación, conflicto social y exclusión social, así como prevenir tales situaciones en colectivos calificados de riesgo social.
- La animación sociocultural, se caracteriza por prestar atención a las necesidades socioculturales y de desarrollo comunitario de una determinada comunidad, población o territorio favoreciendo la prevención de problemáticas sociales.
- La educación de personas adultas, atiende a las necesidades formativas de la población adulta vinculadas a su desarrollo personal y a su adaptación sociolaboral.
Cabe destacar, que en estos momentos, el colectivo profesional de educadores sociales, está en el proceso de debate de la definición profesional.
LOS DESTINATARIOS DE LA ACCIÓN SOCIOEDUCATIVA.
Las personas destinatarias de la actuación de los educadores sociales son: sujetos, grupos, colectivos específicos y sectores de población, las características de los cuales vendrán determinadas por los ámbitos de intervención y la conjunción de diversos factores, entre los que cabe destacar:
- Por su edad: infancia en riesgo social, adolescentes o jóvenes de un determinado barrio, preparación de adultos alrededor de la jubilación, mayores o tercera edad...
- Por lo que se refiere al género: programas dirigidos a mujeres y hombres intervención con mujeres maltratadas, prisiones de hombres...
- Por la situación laboral: preparación de adultos alrededor de la jubilación, personas con dificultad de inserción laboral, preparación al acceso al mercado laboral de adolescentes...
- Con relación al nivel educativo y cultural: programas de alfabetización, adaptación al sistema escolar, educación para la salud, educación ambiental, programas culturales, programas comunitarios, tiempo libre ...
- Con relación a dificultades de socialización por la presencia de factores físicos, psíquicos, sociales o culturales: discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales; enfermos de larga duración, crónicos o terminales; personas en riesgo social; personas en conflicto social; minorías étnicas; toxicomanías; transeúntes...
- Con relación al origen ubicación en el territorio de los individuos grupos o colectivos destinatarios: ocasionales de vacaciones, colectivos profesionales o de estudiantes; asociaciones diversas, grupos ocasionales o informales, grupos de inmigrantes; por su residencia y ubicación en barrios determinados, ambientes rurales...
- ...
En resumen, y basándonos en la problemática de las personas, podemos diferenciar entre:
- Población en riesgo social, situaciones de abandono, negligencia y maltrato; colectivos de población que, por sus características o circunstancias, se encuentran con especiales dificultades para su inserción social, laboral, etc.
- Población en situación de desadaptación social, situaciones de delincuencia, marginación, exclusión, que pueden ir asociadas a problemáticas de dependencia, discapacidad, salud mental, etc.
- Población general, que atiende la atención a adultos, tercera edad, desarrollo local, animación sociocultural, etc.
OBJETIVOS DE LA ACCIÓN SOCIOEDUCATIVA.
Los profesionales de la educación social trabajan con el objetivo de ayudar en el proceso de socialización y de desarrollo personal a los destinatarios de su intervención:
- Prevenir y compensar dificultades de estructuración de la personalidad e inadaptaciones sociales.
- Favorecer la autonomía de las personas.
- Desarrollar actividades con una finalidad educativa, cultural, lúdica...
- Potenciar la búsqueda de la información y comprensión en y del entorno social.
- Desarrollar el espíritu crítico y la capacidad de compresión y análisis de la realidad sociopolítica.
- Favorecer la participación de los grupos e individuos.
- Favorecer la mejora de las competencias y aptitudes de los individuos.
- Favorecer el cambio y transformación social.
- Favorecer el desarrollo sociocultural, sociolaboral, institucional y comunitario.
- Contribuir a la creación y consolidación del tejido social y asociativo.
FUNCIONES Y TAREAS DE LOS EDUCADORES SOCIALES.
Las funciones y tareas más destacadas, con relación a los ámbitos, con los destinatarios y con los objetivos descritos anteriormente son:
- Educativa.
- Docente en determinados ámbitos.
- Informativa, de asesoramiento, orientadora y de soporte a individuos, grupos, familias...
- De animación y de dinamización de grupos y colectivos.
- Organizadora, de planificación, programación, desarrollo y evaluación de su intervención.
- De gestión y administración de distintos servicios.
- De observación y detección de las necesidades y características del entorno de los grupos e individuos.
- De relación con instituciones, grupos y personal.
- De reeducación.
- De elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de proyectos, programas, prestaciones, campañas, intervención comunitaria...
ÁMBITOS CONCRETOS DE INTERVENCIÓN DE LOS EDUCADORES SOCIALES.
a) Infancia, adolescencia y juventud:
- Albergues de juventud.
- Casas de juventud.
- Granjas escuela.
- Ludotecas.
- Centros de tiempo libre.
- Puntos de Información Juvenil.
- Centros de educación ambiental.
- Centros abiertos.
- Centros de acogida para infancia y adolescencia.
- Centros residenciales de acción educativa.
- Centros residenciales de justicia juvenil.
- Servicios de adopción.
- Delegados de Asistencia al Menor.
- Servicios de medidas alternativas de justicia juvenil.
- Centros de planificación familiar.
- Centros Formación Ocupacional.
- Aulas taller. Pretalleres.
- Centros de inserción sociolaboral.
- Centros escolares de primaria y secundaria.
b) Personas adultas:
- Centros de educación de personas adultas.
- Centros de inserción sociolaboral.
- Centros Formación Ocupacional.
- Centros penitenciarios.
- Centros penitenciarios abiertos.
- Servicios de medidas alternativas penitenciarias.
- Centros residenciales para mujeres maltratadas.
- Pisos asistidos para mayores de 18 años desinternados.
- Centros de información y atención a inmigrantes.
c) Tercera edad:
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos tutelados.
- Servicios de ayuda domiciliaria.
- Clubes de tiempo libre.
d) Drogodependencias:
- Centros de diagnóstico, orientación y seguimiento.
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos-residencia.
e) Discapacidades y salud mental:
- Centros de información y orientación.
- Centros de estimulación precoz.
- Centros de educación especial.
- Centros de día.
- Centros residenciales.
- Pisos-residencia.
- Centros especiales de trabajo.
- Centros ocupacionales.
- Servicios de apoyo a la integración laboral.
f) Atención comunitaria:
- Servicios sociales de atención primaria.
- Programas comunitarios.
- Programas familiares.
- Educación ambiental.
- Gestión cultural.
LOS EDUCADORES SOCIALES EN LOS CENTROS ESCOLARES DE PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Este capítulo refleja, por un lado, las funciones que serían propias de los educadores sociales en el marco de los centros escolares y, por otro, diversas experiencias que existen en el Estado Español sobre la presencia de educadores sociales en centros escolares.
Justificación y funciones de los educadores sociales en centros escolares, de acuerdo con lo que dispone la LOCE.
a) Justificación de la presencia del educador social en centros escolares.
La sociedad actual es cada día más compleja y los centros escolares siguen la misma línea. Los problemas diarios a los que nos enfrentamos necesitan de personas que los conozcan en profundidad y nos ayuden a prevenir y a buscar soluciones a partir de la colaboración y comunicación fluida con los restantes miembros de la comunidad educativa para garantizar la calidad del sistema educativo, LOCE Tit.prel. Cap. I. Art.1.)
Hablar de conflictos en la Educación Secundaria, concretamente, es hablar necesariamente de adolescencia. Ésta, con sus características psicológicas, sociales y familiares, marca la necesidad de una ayuda que asegure el desenvolvimiento integral de la persona para lo que es preciso que la educación no se limite solo a la adquisición de conceptos y conocimientos. Por eso resulta imprescindible contemplar como elementos fundamentales del proceso educativo, las actitudes y valores que conformarán los futuros ciudadanos responsables y solidarios. (LOCE Cap. I. Tit.pre. Art.1c)
La identificación de jóvenes con dificultades de integración social por motivos económicos, laborales, familiares o de cualquier tipo, requiere una actuación inmediata y desde espacios normalizados para éste, como puede ser el escolar. (LOCE Tit.pre. Cap. I. Art.1 b,c,d. y LOCE. Tit. I. Cap. VII, Art.40 y LOCE Tit. I. Cap. V. Art.22.2.c y LOCE Tit. I. Cap. VII. Art.47.1)
Asimismo, la interconexión educativa con las familias se hace cada día más necesaria puesto que son los principales agentes en el desarrollo integral de sus hijos. Por ello tenemos que propiciar cauces de comunicación que optimicen la mediación entre el centro escolar y la familia, sobre todo en aquellos casos en los que la situación familiar afecta de manera poco adecuada al desarrollo de los alumnos. La educación de los padres y su participación y compromiso en el proyecto educativo así como las relaciones intergeneracionales son asignaturas pendientes del sistema educativo (LOCE Tit.pre. Cap. II. Art.3.1d,f y 3.2 b,c,d,e.)
Por otra parte, los centros de secundaria se encuentran situados en contextos muy determinados donde existe una serie de instituciones que cuentan con recursos que podemos aprovechar en beneficio de la comunidad educativa. De esta forma estableceremos redes de apoyo que permitan implicar a todos los colectivos que, de forma directa o indirecta, están relacionados con la educación. (LOCE. Tit.pre. Cap.IV. Art. 6 y LOCE. Tit. I. Cap.VII. Art.40 y 41. y LOCE. Tit. Pre. Cap. I. Art.1.d)
Todos ellos son factores que justifican la presencia e intervención de educadores sociales en los centros escolares, con el fin de que su colaboración con maestros y profesores permita la resolución de las dificultades y conflictos que surgen a diario.
b) Funciones de los educadores sociales en centros escolares.
Elaboración y evaluación de propuestas de programas de convivencia en el centro educativo. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art.82, a,b,i. y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.84j)
Colaboración con los órganos del centro en el cumplimiento de las normas del centro y de su reglamento de régimen interno. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art. 2 a,c, y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.77 y LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 79,g,h. y LOCE. Tit. V. Cap.V. Art.82d,e)
Diseño, implementación y evaluación de propuestas para fomentar las relaciones del centro con el entorno social en el que está encuadrado (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 82 e,h,k y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.69.2)
Colaboración en el desarrollo de programas de educación para la salud, medio ambiente, consumo en la tolerancia e igualdad, paz y otros que determine el Dpto. de Orientación o el equipo directivo u otros órganos. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 84 a, y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2 a,l,m)
Desarrollo de programas de interrelación con la comunidad de aprovechamiento y conocimientos de los recursos del entorno, laborales, naturales, etc. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 69.2)
Creación de espacios y de equipos de trabajo mediadores y negociadores para la eficacia en la resolución de conflictos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.I. Art. 1g)
Seguimiento y control de las situaciones de absentismo escolar, fracaso y violencia. (LOCE. Tit.Prel.V. Cap.II. Art. 2.3.c y art.2.2c,d,f y Art.2.4.c y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art. 69.2)
Seguimiento y colaboración en la respuesta educativa al alumno con comportamientos problemáticos. (LOCE. Tit.V. Cap.V. Art. 84 y LOCE. Tit. Pre. Cap.I. Art.1.d)
Desarrollo de programas para prevenir y afrontar la conflictividad escolar. Programas de integración escolar. (LOCE Tit.I. Cap. VII. Art.41.1 y LOCE Tit. I. Cap.VII. Art.47.1 y LOCE. Tit.pre. Cap. I. Art.1.c)
c) Otras posibles funciones de los educadores sociales en centros escolares.
Planificar, coordinar y desarrollar con el departamento de actividades complementarias y extraescolares o con el AMPA o con el consejo escolar, actividades socioculturales contextualizadas que mejoren las relaciones centro-entorno y que propicien la creación de redes de comunicación estables. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 9.2 y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.69.2)
Programar y ejecutar con el Dpto. de orientación y el equipo directivo actuaciones encaminadas a garantizar la información puntual a las familias sobre el proceso educativo de sus hijos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art. 3.1d. y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Programas de información, orientación y asesoramiento y asociación a los alumnos. (LOCE. Tit.Prel. Cap.II. Art.2, y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2.c y LOCE. Tit.I. Cap.V. Art. 34.2.b y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Participar en los programas de asesoramiento, formación y asociación de padres (LOCE. Tit. Prel. Cap.II. Art. 8 y LOCE. Tit. V. Cap.I. Art.68.4)
Apoyo a la formación del profesorado. (LOCE. Tit.IV. Cap.I. Art. 57 y 59.1.2.4)
d) Propuesta de criterios para la incorporación de los educadores sociales en centros escolares.
Con independencia de la necesidad de incorporar educadores sociales a todos los centros escolares, se deben tener en cuenta diversos criterios que justifiquen su presencia y dotación, entre los que cabe destacar:
- La existencia en el centro de un porcentaje significativo de población inmigrante o de minorías étnicas (LOCE. Tit.I. Cap.VII. Art. 42 y LOCE. Tit. I. Cap.V. Art.22.2.a)
- La ubicación del centro en alguna zona especialmente conflictiva por sus características económicas, sociales o culturales (LOCE. Tit.pre. Cap.II. Art. 2.f y LOCE. Tit. I. Cap.VII. Art.41 1 y 2)
- La existencia de situaciones variadas de conflicto real en el centro (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 70 y Cap.VII. Art.40 y 41.)
- La presencia de actividades extraescolares. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 69.2)
e) Ubicación del educador social en los centros escolares y dotación del mismo.
El educador social bebe de ser un miembro del Departamento de Orientación o de Atención a las necesidades educativas especiales, bajo la dependencia del jefe de departamento y en colaboración con el equipo directivo y tutores.
Su actuación se puede concretar dentro del Plan de Actuación del Departamento de Orientación o de Atención a las necesidades educativas especiales y, por lo tanto, interviene apoyando la elaboración de los distintos programas.
El Ministerio de Educación y las Consejerías de Educación que tienen competencias propias, deberían dotar necesariamente con educadores sociales a los centros que justifiquen la necesidad de atender a situaciones especialmente problemáticas de convivencia social para desarrollar tareas de mediación y control en colaboración con las familias y con otras instituciones y para cubrir educativamente momentos de cultura, ocio y tiempo libre. (LOCE. Tit.V. Cap.I. Art. 70).
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